Diputados proponen endurecer castigos a docentes hostigadores

La iniciativa contempla castigos de seis meses a dos años de prisión, pero si el infractor es maestro o maestra quedará suspendido temporalmente de su cargo, sin goce de sueldo. De resultar absuelto se le restituirá.

Samanta Flores Adame, Ana Belinda Hurtado Marín, Mayela del Carmen Salas Sáenz, Mónica Estela Valdés Pulido, Andrea Villanueva Cano, Ernesto Núñez Aguilar y Víctor Hugo Zurita Ortiz, diputadas y diputados de la Septuagésima Quinta Legislatura del Congreso local, presentaron ante el Pleno una Iniciativa de decreto para reformar el artículo 169 del Código Penal para el Estado de Michoacán, que plantea penas de 6 meses a 2 años de cárcel y la suspensión de su cargo, a docentes que hostiguen sexualmente a sus alumnos.

Al exponer la iniciativa, Samanta Flores precisó que el Código Penal estatal establece que comete delito de hostigamiento quien “…valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o de cualquier otra clase que implique subordinación, solicite a otra persona de forma reiterada para sí o para un tercero, cualquier tipo de acto de naturaleza sexual.”

Abundó que el artículo 169 del mencionado Código Penal contempla a las maestras y maestros que con su actuar lascivo asedian a los educandos, para conducirlos a la humillación, ofensa e intimidación, para vulnerarles su salud, integridad, dignidad y en general sus derechos humanos.

Hemos sido mudos testigos de infinidad de casos de hostigamiento de todo tipo, en centros de trabajo y en escuelas”, señala la iniciativa. Para muestra basta un botón. El pasado 22 de mayo, un portal informativo publicó: “Este lunes, un grupo de estudiantes del CBTis 94 de Pátzcuaro se encuentran manifestándose de manera pacífica afuera del plantel antes mencionado debido a que se sienten inseguras, ya que docentes de esa institución hostigan de manera sexual a las alumnas”.

A través de un posicionamiento, los estudiantes alzaron la voz desde marzo pasado, pero ninguna autoridad de la institución ha emitido una respuesta a la situación que sienten las mujeres. La comunidad estudiantil sostenía que “el CBTis 94 es una escuela insegura, donde los profesores hostigan sexualmente a las alumnas y reproducen discursos misóginos y machistas que se traducen en diferentes tipos de violencia contra nosotras”.

“Así como sucedió en este centro educativo, existen en muchos más lugares de nuestro Estado y en el país entero, por eso el día de hoy hago eco de la voz de todas las personas que han sido objeto de hostigamiento físico, en algún momento de su vida estudiantil, laboral o profesional”, expresó Flores Adame desde la tribuna legislativa.

La iniciativa turnada a la comisión de Justicia para su estudio y análisis contempla castigos de seis meses a dos años de prisión, o de treinta a ciento veinte veces el valor diario de la unidad de medida y actualización. Si el sujeto es maestro o maestra de educación impartida por la federación, el estado, los municipios, los organismos descentralizados o los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios dentro del Estado, además de la pena señalada, quedará suspendido temporalmente sin goce de sueldo de su cargo, desde la presentación de la denuncia, hasta que se emita una resolución. Si ésta fuera absolutoria, se le restituirá en su cargo, pero de ser condenatoria, quedará inmediatamente destituido.

Si el sujeto activo fuera servidor público y utilizare los medios o circunstancias que el cargo proporciona, además de la pena señalada, será destituido del cargo.