Sanción a “cómplices” de deudores alimentarios

El Pleno de la LXXIV Legislatura Local en el Congreso del Estado, aprobó la reforma propuesta por la diputada Lucila Martínez Manríquez, con la que se reformó el artículo 182 del Código Penal del Estado, sobre insolvencia simulada, por lo que se sancionará en Michoacán con penas de uno a tres años de prisión o de 400 a 600 días de multa y pago, tanto al deudor alimentario, como a quienes oculten información sobre su ingreso real.

Con la reforma aprobada este sábado, dijo la congresistas Lucila Martínez se logra que se protejan los derechos fundamentales de los menores, al establecer sanciones para evitar que por actos de simulación de los padres o tutores incumplan con la responsabilidad de alimentación y manutención, apoyados por los empleadores, al ocultar la información real a la autoridad.

Lucila Martínez reiteró que además de sancionar al deudor alimentario que se vuelve deliberadamente insolvente, se sancionará también a quien lo ayude a simular serlo, con lo que se podrá proteger más los derechos de los menores.

“La simulación de los actos administrativos y jurídicos debe ser combatida y tomada en cuenta como una acción que daña principalmente a personas en situación de vulnerabilidad. Así en el caso que nos ocupa, los empleadores, sean éstos de naturaleza pública o privada”.

Reiteró la diputada local que la naturaleza jurídica de los alimentos, no es una concesión graciosa, ni tampoco es una atribución voluntaria, sino que la obligatoriedad en muchos de los casos se finca en base al interés superior del niño y a la situación de vulnerabilidad de la persona menos favorecida económicamente; por tal motivo, no pueden ser objeto de negociación, arbitraje y mucho menos simulación.