La Cámara de Diputados aprobó castigar hasta con siete años de prisión la toma de casetas con fines de lucro.
Lo anterior, como parte del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 533 y adiciona un artículo 533 Bis a la Ley de Vías Generales de Comunicación.
Esta reforma contempla a quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación, o los medios de transporte, o interrumpan la construcción de dichas vías, o para obtener un lucro, interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje, o total o parcialmente interrumpan o deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte.
Con ello, recibirán una sanción de tres meses a siete años de prisión y multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
El dictamen también considera como delito agravado la toma de casetas y el llamado “boteo”.
Asimismo, considera que quienes interrumpan la prestación de servicio u operación, o deterioren las vías generales, serán castigados.
De igual forma, considera que existe un alto nivel de reincidencia en la comisión de estos delitos, dado el beneficio económico para quien la realiza, un alto impacto social, de manera fácil y sin consecuencias jurídicas.
Finalmente, se tomó en consideración que en el sector de las comunicaciones y transportes, las vías generales de comunicación son de vital importancia para el flujo comercial, traslado de mercancías y de movilidad de la población.
La minuta se remitió al Senado.
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