Mediante acuerdo de Consejo General, el Instituto Electoral de Michoacán (IEM), aprobó que 16 ayuntamientos michoacanos, preferentemente municipios con muy alto grado de migración, como Álvaro Obregón, Copándaro, Chucándiro, Morelos, Paníndicuaro, Santa Ana Maya, Angamacutiro, Coeneo, Cotija, Chavinda, Churintzio, Epitacio Huerta, Huaniqueo, Pajacuarán, Tzitzio y Villamar, deberán postular al menos una fórmula integrada por personas migrantes a la candidatura de presidencia o sindicatura, o bien en alguna de las dos primeras regidurías.
También mediante acción afirmativa, se aprobó la asignación de candidaturas de personas migrantes a diputaciones locales, a fin de que “los partidos políticos, coaliciones o candidaturas comunes postulen al menos una fórmula integrada por personas migrantes a la candidatura de diputación por el principio de mayoría relativa o bien, al menos una fórmula a la candidatura por la vía de representación proporcional”, que deberá ubicarse dentro de los seis primeros lugares en la lista correspondiente.
Para acreditar la auto adscripción como personas migrantes, se deberá comprobar la residencia binacional, entendiéndose esta como la condición que asume una persona para tener simultáneamente domicilio en el extranjero durante al menos dos años previos al día de la elección y, al mismo tiempo domicilio en territorio michoacano, durante al menos dos años previos al día de la elección, en el que mantenga casa, familia e intereses.
La residencia binacional se acreditará cuando menos con un documento emitido en el extranjero y otro en el estado: Comprobante original de domicilio en el extranjero, comprobante original de domicilio en territorio estatal, en tratándose de la postulación a candidatura de diputación; o comprobante original de domicilio del municipio que corresponda en tratándose de candidatura a integración de ayuntamiento.
Copia de la credencial para votar con fotografía emitida por el INE en el extranjero, copia de la credencial para votar por fotografía emitida por el INE en territorio nacional, copia del certificado de matrícula consular, copia de licencia de manejo emitida en el extranjero, copia del carnet de servicios de salud en el extranjero, comprobante de pago de impuestos en el extranjero, copia de la visa de trabajo o de negocios y copia de cédula de identificación del país en que resida.
Se deberá acreditar la calidad o condición de migrante, con alguno de los siguientes documentos: Copia de la credencial para votar emitida por el INE en el extranjero, copia de la inscripción a la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero, copia del certificado de matrícula consular, copia de la licencia de manejo emitida en el extranjero, copia del carnet de servicios de salud en el extranjero, comprobante de pago de impuestos en el extranjero, copia de la visa de trabajo o de negocios y copia de la cédula de identificación del país en que resida.
Se pueden aportar documentos o constancias que acrediten el vínculo con la comunidad migrante, mediante alguna de las siguientes acciones: Haber impulsado la expedición de leyes y/o promovido la defensa de los derechos de los migrantes, tener membresía activa en clubes o asociaciones de migrantes, haber realizado acciones de promoción de actividades o proyectos comunitarios o culturales entre la comunidad migrante sin pertenecer a alguna organización de carácter migrante, ya sea en el extranjero o en territorio nacional.
Los periodos para que los partidos soliciten ante el IEM el registro de candidatos son:
• Ayuntamientos, del 21 de marzo al 4 de abril de 2024
• Diputaciones de Mayoría Relativa: del 21 de marzo al 4 de abril de 2024.
• Diputaciones de Representación Proporcional: del 4 al 18 de abril de 2024.