Endurece el Congreso leyes contra el feminicidio

El Congreso del Estado aprobó reformar el Código Penal del Estado de Michoacán para incrementar la pena por el delito de feminicidio hasta 60 años de cárcel para la o el hechor; el dictamen aprobado establece privación de la libertad por un periodo no mayor de sesenta años para quien prive de la vida a una niña o una mujer.

A las comisiones de Justicia e Igualdad Sustantiva y de Género de las Legislaturas 74 y 75 del Congreso del Estado les fueron turnadas diversas Iniciativas con proyecto de Decreto para reformar y modificar los artículos 22, 31, 118, 119, 120 y 122 del Código Penal de Michoacán, propuestas por diputadas y diputados, así como una iniciativa enviada por el titular del Poder Ejecutivo del Estado, Alfredo Ramírez Bedolla, a la que se dio lectura el pasado 16 de marzo en sesión plenaria, con propuestas de reformas al segundo párrafo, las fracciones VIII y IX , y el tercer párrafo del artículo 120, y adiciones a las fracciones X, XI y XII; y un cuarto párrafo del artículo 120 del Código Penal estatal.

El Artículo 120 del Código Penal michoacano define como feminicidio el homicidio doloso de una mujer, “se considerará feminicidio cuando existan antecedentes de violencia psicológica o abuso sexual del sujeto activo contra la mujer o existan datos que establezcan que hubo amenazas o acoso relacionados con el hecho delictuoso”.

De acuerdo con las reformas aprobadas este jueves, al hombre o mujer que cometa feminicidio se les impondrán penas de veinticinco a sesenta años de prisión y multa de quinientos a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuando se den dos o más circunstancias el castigo será de cuarenta a sesenta años de prisión y de mil a tres mil UMAS. Se considerará feminicidio infantil cuando el homicidio recaiga en una niña o adolescente menor de dieciocho años, en cuyo caso, las penas se aumentarán hasta en una mitad más.

Las penas se incrementarán hasta en una tercera parte si el delito fuere cometido previa suministración de cualquier sustancia que cause la inconsciencia de la víctima o disminuya su posibilidad de resistir el delito.

Desde la tribuna legislativa la diputada Daniela de los Santos Torres razonó su voto y  refirió que esta serie de reformas al Código Penal tienen por objetivo evitar la impunidad y que tengamos cada vez menos feminicidios en nuestra entidad. Recordó que no hace mucho, a iniciativa del gobernador Ramírez Bedolla se aprobó aumentar de 50 años a 60 años la pena máxima establecida en Michoacán.

La iniciativa proponía una serie de reformas para incrementar penas y modificar las causales que actualizan el delito de feminicidio en el Código Penal del Estado, entonces, señaló, “en la Comisión de Justicia nos dimos a la tarea de revisar esa y otras iniciativas en la materia, bajo un acuerdo común con las integrantes de la Comisión de Igualdad Sustantiva y de Género, “porque el feminicidio merece todo nuestro tiempo y seriedad”.

Luego de una intensa labor de ambas comisiones y sus asesores técnicos se logró plasmar ideas y pulir el proyecto de dictamen, para que su aplicación sea cada vez más funcional. Así, dijo estar segura de que el dictamen es sólido y ayudará en la práctica a las víctimas y a sus familias, “porque en el Congreso de Michoacán el feminicidio no es un tema más, sino una realidad que nos necesita a todos”.

Adriana Hernández

Adriana Hernández destacó el trabajo realizado por las comisiones dictaminadoras y por colectivas feministas que también presentaron sus propuestas, destacó que el muevo marco legal establece castigos más severos a quienes cometen feminicidio, especialmente feminicidio infantil, “siempre he pugnado por los derechos de las mujeres y niñas, estos son los temas en los que debemos coincidir”, estableció.