El Servicio de Administración Tributaria (SAT) en Michoacán puso en marcha una estrategia integral de alivio financiero para este 2026, diseñada para que los contribuyentes con rezagos puedan sanear su situación fiscal bajo condiciones preferenciales.
En rueda de prensa, Damián González Gómez, administrador Desconcentrado de Recaudación, e Ignacio Zahaid Zamudio Méndez, administrador de Servicios al Contribuyente, presentaron el Programa de Regularización Fiscal 2026, el cual destaca por ofrecer la condonación de hasta el 100% en multas, recargos y gastos de ejecución para quienes decidan ponerse al corriente.
Este beneficio, sustentado en la Ley de Ingresos de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal vigentes, tiene una ventana de oportunidad que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026. El programa está dirigido tanto a personas físicas como morales que, durante el ejercicio 2024, no hayan superado ingresos por 300 millones de pesos.
Una de las mayores ventajas de esta iniciativa es la flexibilidad, ya que permite liquidar el monto principal de adeudos correspondientes a 2024 y años anteriores hasta en seis parcialidades, siempre que la corrección de la situación fiscal se realice de manera voluntaria.
Sin embargo, los funcionarios fueron enfáticos en señalar las exclusiones del programa: no podrán acceder a estos beneficios los denominados “Grandes Contribuyentes”, aquellos que ya fueron beneficiados por programas similares durante 2025, o quienes se encuentren en las “listas negras” por operaciones inexistentes (artículo 69-B del CFF).
Asimismo, queda restringido para personas con sentencias penales firmes por delitos fiscales. Para agilizar el proceso, el SAT habilitó un minisitio especializado donde los interesados pueden generar sus líneas de captura y consultar las instituciones bancarias autorizadas.


Paralelamente al programa de regularización, las autoridades fiscales hicieron un llamado urgente a las personas morales para cumplir con la Declaración Anual 2025. El periodo para esta obligación inició el 1 de enero, pero los plazos fatales se aproximan dependiendo del régimen. Mientras que las sociedades en liquidación tuvieron como límite el 19 de enero y las donatarias autorizadas deberán cumplir a más tardar el 16 de febrero, el grueso de las empresas bajo el Régimen General y el RESICO tiene como fecha límite el 31 de marzo de 2026.
Para facilitar este cumplimiento, el SAT recordó que es indispensable contar con la e.firma vigente y acceso a banca electrónica. El sistema ya presenta información precargada de pagos provisionales y comprobantes de nómina, pero se recomienda el uso del Simulador de Declaración Anual disponible en el portal. Esta herramienta permite a los empresarios michoacanos verificar sus ingresos y deducciones con antelación, asegurando un envío correcto y evitando contratiempos de último minuto en el ejercicio de su responsabilidad tributaria.
Finalmente, los administradores del SAT en Michoacán hicieron una precisión fundamental para agilizar la dinámica comercial al recordar que ya la Constancia de Situación Fiscal no es un requisito obligatorio para que se emita una factura.
Damián González Gómez e Ignacio Zahaid Zamudio enfatizaron que ningún establecimiento o prestador de servicios debe condicionar la facturación a la entrega física o digital de este documento.
Para que un contribuyente reciba su comprobante fiscal, basta con proporcionar de manera verbal o escrita sus datos básicos: el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), el nombre o razón social, el código postal del domicilio fiscal y el uso que se le dará al CFDI. Esta aclaración busca eliminar barreras burocráticas innecesarias.









