Aprueban elevar a rango constitucional que los salarios mínimos nunca esten por debajo de la inflación

Con la mayoría calificada de 478 votos, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma artículo 123 de la Constitución Política, para establecer que la fijación anual de los salarios mínimos generales o profesionales, o la revisión de los mismos, nunca estará por debajo de la inflación observada durante el periodo de su vigencia.

La modificación al primer párrafo de la fracción VI del Apartado A, y que adiciona un tercer párrafo a la fracción IV del Apartado B del citado artículo, indica que las maestras y los maestros de nivel básico de tiempo completo, policías, guardias nacionales, integrantes de la Fuerza Armada permanente, así como médicos y enfermeros, percibirán un salario mensual que no podrá ser inferior al salario promedio registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Además, en el régimen transitorio precisa que el salario a que hace referencia el párrafo tercero de la fracción IV del Apartado B del artículo 123 constitucional es de dieciséis mil setecientos setenta y siete pesos con setenta y ocho centavos, que equivale al salario mensual promedio registrado en 2023 en el IMSS actualizado por la inflación estimada para el año 2024. Este monto se actualizará el 1º de enero de cada año, de acuerdo con la inflación para ese año.

El dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales en la LXV Legislatura, que deriva de una iniciativa que el Ejecutivo Federal presentó el pasado 5 de febrero y conexas de diputadas y diputados en la anterior Legislatura, fue turnado al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Mejorar condiciones laborales, a través de salarios dignos

Al presentar el dictamen, el diputado Pedro Miguel Haces Barba (Morena) agradeció a las y a los integrantes de la Junta de Coordinación Política la cortesía para intervenir desde la tribuna.

Dijo que el dictamen se desprende de una iniciativa enviada por el presidente de la República a la Cámara de Diputados, y que tiene por objeto mejorar las condiciones laborales de las personas trabajadoras mexicanas, a través de salarios dignos.

Agregó que se plantea modificar el artículo 123 de la Constitución para establecer un giro en la política de los salarios en el país, pues contempla estipular que la fijación anual de los salarios mínimos generales o profesionales, o la revisión de los mismos, nunca esté por debajo de la inflación. “Esto cobra un sentido muy importante para las estrategias que ayudan a seguir dignificando a nuestro querido México”.

Además, dijo, se establece que las maestras y los maestros de nivel básico de tiempo completo, policías, guardias nacionales, integrantes de la Fuerza Armada permanente, así como médicos y enfermeros, percibirán un salario mensual que no podrá ser inferior al salario promedio registrado ante el IMSS.

Lo que se busca, destacó, es hacer justicia salarial a aquellos sectores que históricamente ha sido tan afectados y se reconoce a las y a los integrantes del sector que garantizan la educación básica, a la seguridad de la población y la salud, lo cual es importante para el funcionamiento de la sociedad. 

Haces Barba consideró que la reforma hará que México se consolide como un país atractivo para la inversión y capacidad de sus trabajadores. “Debemos buscar en todo momento que haya una prosperidad compartida”.

Desde su curul y con mociones de orden, la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (MC) y los diputados Federico Döring Casar (PAN), Ricardo Monreal Ávila (Morena) y Reginaldo Sandoval Flores (PT), hicieron referencia al trámite de cortesía que extendió la Junta de Coordinación Política para que institucionalmente el diputado Pedro Haces presentará el dictamen a nombre el Pleno.

El 1º de octubre de cada seis años: día de descanso obligatorio

La Cámara de Diputados aprobó, con 398 votos a favor, la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VII del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, para establecer el 1º de octubre de cada seis años como día de descanso obligatorio con motivo de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, en lugar del 1º de diciembre.

La finalidad de la reforma es armonizar la Ley Federal del Trabajo con el artículo 83 de la Constitución Política, para establecer que el 1° de octubre de cada seis años será día de descanso obligatorio, cuando corresponda la transmisión del Ejecutivo Federal, con motivo de la toma de protesta de la o el titular de ese Poder.